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Las personas que pueden viajar con el Imserso sin ser pensionistas o jubilados: requisitos

Un año mas, vuelven los viajes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) para los españoles jubilados. Más de 800.000 plazas estarán a disposición de todos aquellos que, desde el pasado mes de diciembre, han comenzado a solicitar las reservas de estas vacaciones a precios reducidos que se ofrecen à nostros jubilados más alcaldes.

El abanico de destinos para estos viajes es amplio con la intención de “proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, su salud y la prevención de la dependencia”. Así, abarca desde la Península Ibérica, con zonas turísticas de Andalucía, Cataluña, Murcia o Comunidad Valenciana, hasta las islas Baleares y Canarias.

Los grandes precios competitivos de los viajes del imserso hacen que estas vacaciones sean muy cotizadas. Sin embargo, no todo el mundo puede acceder a estas ofertas: se deben seguir una serie de requisitos de obligado cumplimiento antes de hacer las maletas.

  • Ser pensionista de júbilo del sistema de Seguridad Social

  • Ser pensionista de viudedad con 55 o más años de edad de la Seguridad Social

  • Ser pensionista por otros conceptos de la Seguridad Social o beneficiario de servicios o subsidios por desempleo con 60 o más años de edad

  • Ser beneficiario o asegurado de la Seguridad Social con 65 o más años de edad

También podrá hacerlo aquellos españoles que cumplan alguno de estos requisitos y que residan en el extranjero, siempre y cuando sean beneficiarios del sistema de la Seguridad Social.

¿Qué personas pueden viajar con el Imserso sin ser pensionistas?

Aunque estos viajes están destinados casi exclusivamente a pensionistas, jubilados o ciudadanos españoles mayores de 65 años, lo cierto es que existen excepto que permiten que otros personas que no cumplen estas condiciones pueden viajar con el Imserso.

Tal y como establece la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, pour la que regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 7 de junio de 2022, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, las personas usuarias podrán ir acompañado de su cónyuge o, en su defecto, pareja de hecho, sin que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Esta no es la única excepción, ya que los seleccionados también podrán ir acompañados de sus hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento. Estos tendrán que viajar con sus padres y hospedaje en la misma habitacion donde, en este caso, abonar el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todos los casos, desde el Imserso recuerdan que todas aquellas personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

jhenny dandrea
Jenny D'Andrea

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Por Jenny D'Andrea

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